Pagare de cuenta corriente

Nos vamos a referir a los pagarés de cuenta corriente en estas líneas, que son los emitidos por el titular de una cuenta utilizando unos talonarios facilitados por la entidad, similares a los de los cheques. 

Caracteristicas

Consiste en una promesa pura y simple de abonar una cantidad a su legítimo tenedor en una fecha futura, aquí no encontramos con la primera diferencia respecto al cheque, que vimos debe hacerse efectivo desde su emisión, el pagaré por el contrario tiene una fecha de pago a partir de la que podrá hacerse efectivo su cobro.Al igual que el cheque, es un titulo valor que cumpliendo con los requisitos de la Ley Cambiaria tiene aparejada una acción ejecutiva – esto es que ante la falta de pago se puede acudir directamente a la ejecución del efecto, sin pasar por un procedimiento declarativo previo. El propio título representa un crédito independientemente de otras consideraciones, de ahí su nombre título valor.

El titular de la cuenta podrá ordenar la devolución del pagaré sin las limitaciones que vimos para el cheque y tampoco existe la obligación de pago parcial por parte de la entidad.

Este documento permite al que lo emite establecer una fecha futura de pago, y al que lo recibe descontar su importe en su entidad bancaria antes de su vencimiento, por lo que es adecuado para el tráfico mercantil, y verdaderamente excepcional en la operativa entre particulares.